Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1931-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

"El Consejo de Ministros, teniendo en cuenta que la solicitud hecha por el señor Contralor General de 1a República para trasladar las partidas de $ 28,000, del artículo 525 al 521, del Presupuesto vigente, y la partida de $ 7,488,del artículo 522 al citado artículo 521, reúne las condiciones legales, le imparte la aprobación correspondiente. Por el Ministerio de Hacienda se elaborará el correspondiente decreto,"

DECRETA:

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CONTRALORIA.

CAPITULO 68

Personal y material.

Del artículo 522 al artículo 521 $ 7,433
Del artículo 525 al artículo 521 28,000

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a- 22 de enero de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.