Por el cual se destinan las partidas para sueldos del personal de la Escuela de Artes y Oficios de Valledupar

Rango Decreto
Publicación 1940-02-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Para sueldos del personal de empleados de la Escuela, de Artes y Oficios de Valledupar, se destinan las siguientes sumas apropiadas en el Presupuesto vigente:

Para sueldos en diez (10) meses, de marzo a diciembre, asi:

Mensual Total
Director, a $ 150.00 1.500.00
Secretario Habilitado, a 80.00 800.00
Profesores de Cultura General, dos (2), a $ 90.00 cada uno 180.00 1.800.00
Institutores de Carpintería, de Textiles y de Herrería y Ajuste, tres (3), a $ 60.00 cada uno 180.00 1.800.00
Portero, a 35.00 350.00
Servicio doméstico, según distribución que hará ,el Rector, hasta 39.00 390.00
Sumas $ 664.00 6.640.00
Para sueldos en febrero, así:
Director, a $ 150.00
Secretario Habilitado 80.00
Portero 35.00
Servicio doméstico 39.00
Sumas $ 6.944.00
Para sueldos en enero, así:
Portero 35.00
Sirviente 20.00
Total $ 6.999.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 30 de enero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Carlos Lleras Restrepo

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso Araújo

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