Por el cual se reforma el Decreto número 505 de 1940, reorgánico de la Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1940-07-01
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 10
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias que le fueron conferidas por la Ley 54 de 1939,

decreta:

Artículo 1°. A partir del 1° de julio próximo quedan suprimidos los siguientes cargos de la Policía Nacional:

Artículo 2°. El personal subsistente de la Prefectura General de las Divisiones de Bogotá pasará a la División del Departamento de Vigilancia, y el Oficial de Recuperaciones de Prefectura Nacional de Seguridad a la Sección de Detectivismo.

Artículo 3°. Las funciones que actualmente desempeñan los empleados que por el presente Decreto se suprimen, se adscriben a los siguientes funcionarios:

Artículo 4°. El Director del Departamento de Investigación e Identificación será funcionario de instrucción cuando así lo determine el Ministerio de Gobierno.

Artículo 5°. Desde el día 1° de julio próximo, créanse los siguientes empleos:

Un Oficial Escribiente, con $ 100 mensuales.

Una Mecanógrafa, con $ 80 mensuales

Un Secretario, con $ 150 mensuales.

Artículo 6°. El recibo, radicación, distribución, copia, archivo y despacho de la correspondencia de las oficinas que integran el Departamento de Investigación e Identificación, quedan centralizados en una sola dependencia, integrada por el siguiente personal:

Artículo 7°. Las funciones del personal de que habla el artículo anterior, serán reglamentadas por el Director General de la Policía Nacional.

Artículo 8°. Se aplaza indefinidamente el funcionamiento de las Divisiones X y XIV de vigilancia de Bogotá, creadas por el Decreto 505 de 1940.

Artículo 9°. Desde la vigencia de este Decreto, la Sección de Extranjeros del Departamento de Investigación e Identificación, tal como queda constituida, dependerá de la Dirección General de la Policía Nacional.

Artículo 10. Este Decreto regirá desde el 1° de julio entrante.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de junio de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Jorge GARTNER

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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