Por el cual se delega la construcción de unas obras
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. Delégase en la Intendencia de La Guajira, la ejecución de las obras de construcción, reparaciones, adiciones y mejoras del edificio destinado a la Escuela Normal Rural, Centro Piloto de Educación Fundamental de Uribia (Guajira).
Artículo segundo. La partida apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia en el Capítulo 396, artículo 5039, será girada al Tesorero de la citada Intendencia.
Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de julio de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS G,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.
Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jesús María Marulanda,
Ministro de Educación Nacional,
Alonso Carvajal Peralta,
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