Por el cual se modifican la estructura orgánica y Funciones Internas de la Industria Militar
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y, especialmente, de las que le confiere el Decreto número 2346 de 1971,
DECRETA:
Artículo 1° Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 6 de 1976 (abril 28), dictado por la Junta Directiva de la Industria Militar, por el cual se modifican la estructura orgánica y las funciones internas de la Industria Militar, cuyo texto completo es el siguiente:
ACUERDO NUMERO 6 DE 1976
(abril 28)
por el cual se modifican la estructura orgánica y las funciones internas de la Industria Militar La Junta Directiva de la Industria Militar, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 12 del Decreto número 2346 de 1971.
ACUERDA:
Artículo 1° La estructura orgánica de la Industria Militar será la siguiente:
A. Junta Directiva.
B. Gerencia.
| 1.0 Despacho del Gerente. | |
|---|---|
| 2.0 Secretaría General. | |
| 3.0 Oficina de Planeación. | |
| --- | --- |
| 4.0 Auditoría Interna. | |
| 5.0 Subgerencia de Producción. | |
| 6.0 Subgerencia de Relaciones Industriales | |
| 7.0 Subgerencia -Administrativa. | |
| 8.0 Subgerencia Financiera. | |
- C. Comités Asesores y de Coordinación.
| 1. Comité de Dirección. | |
|---|---|
| 2. Comité de Licitaciones y Compras |
- D. Fábricas.
| 1. Fábrica de Armas y Municiones "General José María Córdoba". | |
|---|---|
| 2. Fábrica de Explosivos "Antonio Ricaurte". | |
| 3. Fábrica de Productos Metalmecánicos "Santa Bárbara". |
De la dirección de la empresa.
Artículo 2° La Dirección y Administración de la Industria Militar estarán a cargo de una Junta Directiva, presidida por el Ministro de Defensa Nacional o su representante, y de un Gerente, quien será su representante legal.
Artículo 3° Las unidades de nivel directivo se denominarán Subgerencias.
Las unidades que cumplan funciones de asesoría coordinación se denominarán oficinas o comités y consejos, cuando incluyan personas ajenas al organismo. Hacen parte también de este grupo la Secretaría General y la Auditoría Interna.
Las unidades operativas, incluidas las que atienden los servicios administrativas internos, se denominarán divisiones o secciones y grupos. Quedan contempladas en éstas las direcciones de las fábricas.
Las unidades que se creen para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán comisiones o juntas.
1.0 Del Gerente:
Artículo 4° El Gerente de la Industria Militar cumplirá las siguientes funciones:
- a) Dirigir, coordinar, vigilar y controlar el personal de la empresa y la ejecución de las funciones o programas dé ésta y suscribir les actos y contratos que para tales fines deban celebrarse;
- b) Rendir informes al Ministro de Defensa Nacional, en la forma que éste lo determine, sobre el estado de ejecución de los programas que corresponden a la Industria, y al Presidente de la República, a través del Ministerio de Defensa Nacional, los informes generales o periódicos o particulares que se le soliciten sobre las actividades desarrolladas, la situación general de la entidad y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la política del Gobierno;
- c) Dirigir y vigilar la ejecución del presupuesto de ingresos y egreses de la empresa;
- d) Nombrar y remover el personal al servicio de la empresa y tomar las medidas administrativas relacionadas con el mismo, de acuerdo con las facultades que le confiera la Junta Directiva;
- e) Disponer el reconocimiento y pago de prestaciones sociales y remuneraciones a qué tenga derecho el personal al servicio de la entidad;
- f) Presentar a la Junta Directiva informes semestrales y anuales sobre el estado y marcha de la institución, análisis de los estados financieros y los balances de la empresa;
- g) Velar por la elaboración oportuna del presupuesto de ingresos, inversiones y gastos para cada vigencia y presentarlos oportunamente al Ministerio de Defensa Nacional;
- h) Dictar los actos y realizar las operaciones necesarias para el cumplimiento de las funciones de la empresa, conforme a las disposiciones legales, estatutarias y a los acuerdos de la Junta Directiva;
- i) Celebrar contratos y realizar operaciones hasta por la suma que determine la Junta Directiva, conforme a las disposiciones legales vigentes;
- j) Las demás que le señalen la ley, los estatutos y los reglamentos.
2.0 De la Secretaria General
Artículo 5° Son funciones de la Secretaría General o del Secretario General, según el caso:
- a) Tramitar oportunamente la correspondencia y hacer cumplir las normas establecidas sobre radicación, conducto regular, clasificación y archiva;
- b) Preparar los proyectos de decretos, resoluciones y demás disposiciones que deban someterse, a la aprobación de la Gerencia;
- c) Tramitar y llevar a la consideración del Gerente los proyectos de contratos que suscriba la empresa;
- d) Velar por el cumplimiento de las normas legales que tengan que ver con la empresa;
- e) Coordinar las reuniones de Juntas Directivas y de Comités Asesores y de Coordinación;
- f) Conceptuar sobre los asuntos jurídicos de la entidad;
- g) Asesorar a la Gerencia en la legalización de títulos de las propiedades y bienes de la empresa;
- h) Atender los asuntos o negocios jurídicos que tengan relación con la empresa;
- i) Preparar para el Gerente los informes, estudies y correspondencia especiales que éste le encomiende;
- j) Organizar y mantener en custodia el archivo de la Junta Directiva y la Gerencia e informar de las decisiones adoptadas a los funcionarios a quienes corresponda conocerlas;
- k) Elaborar y desarrollar programas de divulgación e información que le sean autorizadas por la Gerencia;
1) Refrendar, con su firma, los actos que profieran la Junta Directiva y la Gerencia;
- m) Suministrar al Ministerio Público, en les juicios en que sea parte la Nación, todas las informaciones y documentos que le sean requeridos, e informar al Gerente del desarrollo de los mismos; no Mantener actualizada la codificación de normas legales relacionadas con la empresa;
- o) Las demás que le señale o delegue la Gerencia.
3.0 De la Oficina de Planeación.
Artículo 6° La Oficina de Planeación tendrá la siguiente organización interna:
3.1 Despacho del Jefe, de la Oficina.
3.2 Unidad de Programación Global.
3.3 Unidad de Organización y Sistemas.
Artículo 7° Corresponde a la Oficina de Planeación:
- a) Analizar las incidencias de la política económica del país en la empresa y proponer las medidas necesarias que de ella se deriven;
- b) Proponer políticas de desarrollo de las empresas
- c) Proponer planes y programas generales de la empresa;
- d) Asesorar a la Gerencia en la distribución de los recursos necesarios para cumplir los planes a desarrollar por la empresa;
- e) Coordinar las gestiones de financiamiento para el desarrollo de nuevos proyectos;
- f) Coordinar los diversos estudies que se contraten y ejecutar su interventoría;
- g) Asesorar a la Gerencia en la mejora de los sistemas administrativos de la empresa;
- h) Organizar y analizar la información estadística que requiera la empresa;
- i) Las demás que le señale o delegue la Gerencia.
3.2 De la Unidad de Programación Global.
Artículo 8° Son funciones de la Unidad de Programación Global:
- a) Elaborar los planes y programas de la empresa;
- b) Responder por la ejecución de los estudios de factibilidad económica de la empresa;
- c) Colaborar con la Subgerencia Financiera en la elaboración del proyecto de presupuesto anual;
- d) Investigar nuevos mercados para los productos de la empresa;
- e) Coordinar el seguimiento de los planes y programas que se lleven a cabo en la empresa;
- f) Evaluar los resultados obtenidos en cada plan y en cada programa;
- g) Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza dé sus funciones.
3.3 De la Unidad de Organización y Sistemas.
Artículo 9° Corresponde a la Unidad de Organización y Sistemas cumplir las siguientes funciones:
- a) Estudiar y recomendar reorganizaciones administrativas y una vez aprobadas, coordinar su implementación;
- b) Adelantar estudios de distribución física de oficinas y de ambientación dé las mismas;
- c) Normalizar y estandarizar la papelería y en general los elementos de oficina;
- d) Adelantar estudios de mecanización tendientes a racionalizar el uso de equipos de oficina, incluyendo estudios de viabilidad conducentes a la utilización de sistemas de procesamiento electrónico de datos;
- e) Elaborar y actualizar, los manuales administrativos y de procedimientos que requiera la empresa, en coordinación con, las dependencias respectivas;
- f) Elaborar y mantener los programas para todos los procesos susceptibles de sistematización;
- g) Recopilar, clasificar y analizar, en coordinación con las diferentes dependencias, las estadísticas de la empresa;
- h) Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza de sus funciones.
4.0 De la Auditoría Interna.
Artículo 10. Corresponde a la Auditoría Interna:
- a) Periódicamente examinar la ejecución presupuestal y las operaciones contables de la empresa y vigilar que los libros de contabilidad se lleven al día y de acuerdo con las técnicas contables vigentes;
- b) Revisar y analizar los estados financieros de la entidad;
- c) Programar y practicar auditorias en las diferentes dependencias de la empresa;
- d) Elaborar informes sobre las conclusiones de las auditorías practicadas, y guardar reserva sobre las mismas;
- e) Revisar, periódicamente, las liquidaciones de las importaciones que realiza la empresa;
- f) Informar al Gerente sobre las irregularidades que detecte en el ejercicio de sus funciones;
- g) Mantener permanente vigilancia sobre las dependencias que manejen o custodien dineros o valores de la empresa;
- h) Las demás que le señale o delegue la Gerencia.
5.0 De la Subgerencia de Producción.
Artículo 11. La Subgerencia de Producción tendrá la siguiente organización interna:
5.1 Despacho del Subgerente.
5.2 División Técnica.
| 5.2.1 Sección Ingeniería del Producto. | |
|---|---|
| 5.2.2 Sección Ingeniería Industrial. |
Artículo 12. Corresponde a la Subgerencia de Producción desarrollar la actividad industrial de la empresa y como tal cumplirá las siguientes funciones:
- a) Dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los planes y programas de producción y de inversión fabriles;
- b) Velar por la administración racional de los recursos productivos.
- c) Propender por el mejoramiento de las diferentes líneas de producción y asesorar a la Gerencia para el desarrollo de nuevos, productos;
- d) Asesorar a la Gerencia en la fijación de políticas tendientes al incremento de la productividad del área industrial;
- e) De acuerdo a las necesidades, proponer a la Gerencia la sustitución de equipos; representar propuestas concretas a la Gerencia relacionadas con la mayor integración de los productos y ensanche de las fábricas;
- g) Detectar las necesidades de tecnología y formular propuestas a la Gerencia para su obtención;
- h) Coordinar las actividades de investigación y experimentación de nuevos productos
- i) Presentar a la Gerencia informes periódicos sobre la situación industrial de la empresa;
- j) Las demás que le señale o delegue la Gerencia.
5.2 De la División Técnica.
Artículo 13. Corresponde a la División Técnica desarrollar las siguientes funciones:
- a) Investigar sobre el mejoramiento de las líneas actuales de producción y la elaboración de nuevos productos;
- b) Suministrar a la Subgerencia de Producción los estudios y elementes necesarios para la determinación de las políticas de producción;
- c) Estudiar y conceptuar sobre la factibilidad técnica de los nuevos proyectos que se formulen;
- d) Establecer y supervisar la aplicación de sistemas y normas sobre control de calidad de los productos;
- e) Asesorar a la Subgerencia de Producción en aspectos técnicos y de control de calidad de la producción;
- f) Adelantar estudios tendientes a racionalizar la ocupación de los recursos tanto materiales como humanos de las fábricas, a fin de mejorar su productividad;
- g) Conceptuar sobre las necesidades de renovación, ampliación o sustitución de los equipos de las fábricas;
- h) Dirigir y controlar los estudios de experimentación sobre nuevas técnicas de producción y nuevas producciones;
- i) Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza de sus funciones.
5.2.1 De la Sección de Ingeniería del Producto.
Artículo 14. Son funciones de la Sección de Ingeniería del Producto:
- a) Dirigir la investigación y experimentación de nuevos productos
- b) Analizar y corregir las fallas de orden técnico que se presenten en la producción;
- c) Verificar las especificaciones exactas de los materiales y utilaje aplicados en la producción;
- d) Asesorar a las fábricas en aspectos generales y específicos de la producción;
- e) Investigar permanentemente sobre los cambios tecnológicos que se presenten y que afecten de una manera u otra la actividad industrial de la empresa:
- f) Investigar y recomendar sobre la modernización y complementación de equipes destinados a la producción;
- g) Estudiar y conceptuar sobre la factibilidad técnica de nuevos proyectos;
- h) Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza de sus funciones.
5.2.2 De la Sección Ingeniería Industrial.
Artículo 15. Corresponde a la Sección de Ingeniería Industrial:
- a) Estudiar y desarrollar procedimientos para la racionalización de los recursos aplicados en la producción;
- b) Dirigir la elaboración de programas de mantenimiento preventivo;
- c) Establecer y controlar los programas necesarios para la aplicación de métodos estándares de trabajo;
- d) Proponer planes de distribución física de planta y puestos de trabajo que permitan funcionalidad y economía de tiempos;
- e) Recomendar sistemas y normas de control de calidad e inspeccionar su aplicación;
- f) Inspeccionar la calidad de las materias primas y de los productos terminados;
- g) Mensualmente rendir a la División Técnica un informe de situación de todas las producciones de la empresa, incluyendo conclusiones y recomendaciones;
- h) Recopilar y analizar la información sobre producción que deban suministrar las fábricas;
- i) Determinar el origen de las desviaciones en el cumplimiento de los planes de producción;
- j) Suministrar la información necesaria para la preparación de los planes de producción;
- k) Las demás que se le asignen o deleguen y que correspondan a la naturaleza de sus funciones.
6.0 De la Subgerencia de Relaciones Industriales.
Artículo 16. La Subgerencia de Relaciones Industriales tendrá la siguiente organización interna:
6.1 Despacho del Subgerente.
6.2 División de Personal.
6.2.1 Sección de Selección y Clasificación.
6.2.2 Sección de Bienestar y Capacitación.
6.2.3 Sección de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional.
Artículo 17. Son funciones de la Subgerencia de Relaciones Industriales:
- a) Participar en la formulación de objetivos, planes y políticas en el área de Relaciones Industriales de la empresa;
- b) Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de reclutamiento, selección, clasificación, premoción y remuneración del personal de la empresa, conforme a las disposiciones legales vigentes;
- c) Velar por la aplicación de los sistemas de calificación de méritos y de régimen disciplinario;
- d) Asesorar a la Gerencia en la aplicación de las normas legales y técnicas sobre administración de personal, seguridad industrial y salud ocupacional y orientar a las direcciones de las fábricas sobre estos mismos aspectos;
- e) Planear, dirigir y coordinar las actividades de seguridad Industrial y salud ocupacional en la empresa;
- f) Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad en las fábricas, polvorines y almacenes de la Industria Militar;
- g) Formular y coordinar las políticas y planes de capacitación y entrenamiento del personal para las diferentes áreas de la empresa;
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