Por el cual se hace la provisión de unos empleos de la Planta de Personal de la Administración de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargos creados por Decreto número 681 de 21 de marzo de 1980

Rango Decreto
Publicación 1980-06-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales,

DECRETA:

Artículo 1° Incorporase a la Planta de Personal de la Administración de Impuestos Nacionales de Sogamoso de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cargos creados por Decreto Número 681 del 21 de marzo de 1980; a las siguientes personas:

DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS NACIONALES

Administración Impuestos Nacionales Sogamoso

Despacho del Administrador.

Denominación del empleo - Código y grado - Sueldo básico - Nombre de las personas.

Administrador de Impuestos: 2060-06. $ 26.900. Mario Augusto Castro Ramírez.

Sección de Liquidación.

Jefe de Sección: 2075-02. $ 21.200. Carlos Hernando González Parra.

División de Documentación.

Sección de Secretaria, Correspondencia y Archivo.

Jefe de Sección, 2075-02. S 21.200. Natalia Rojas de Caro.

Sección de Análisis y Crítica de Documentos.

Jefe de Sección: 2075-02. $ 21.200. Emiro Rodríguez Marín.

División de Auditoría.

Sección de Auditoría Interna de Impuestos sobre la Renta y Sucesora.

Jefe de Sección: -2075-02. $ 21.200. Clara Inés Cortés de Mojica

Sección de Auditoría Interna de Impuesto sobre las ventas.

Jefe de Sección: 2075-02. $ 21.200. Miguel Ángel Leal Mora.

Sección de Auditoría Externa.

Jefe de Sección: 2075-02. $ 21.200. Elsy Cecilia Montañez Salcedo.

División de Recaudo.

Sección de Cuentas Corrientes y Caja.

Jefe .des Sección: 2075-02. $ 21.200. - Olga María Jiménez de Torres.

Sección de Cobranzas.

Jefe de-Sección: 2075-02. 5 21.200. Miguel Antonio Forero Ángel.

Sección de Contabilidad.

Jefe de Sección: 2075-02. $ 21.200. María Beatriz Barrera de Rejas.

Sección de Visitadora de Recaudo.

Jefe de Sección: 20-75-02. $ 21.200. Jorge Alirio Aranguren Aranguren.

Artículo 2° Los funcionarios incorporados por el presente Decreto no se entenderán desvinculados del servicio para ningún efecto fiscal.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la. Fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de mayo de 1980.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Jaime García Parra.

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