por el cual se modifica el Decreto número 948 de 1982

Rango Decreto
Publicación 1982-05-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

Artículo 1º. Modificase el artículo 1º del Decreto número 948 de 1982, en el sentido de que durante el propio día de las elecciones no podrán transmitirse por las estaciones de radiodifusión sonora ninguna clase de anuncios publicitarios de carácter político.
Artículo 2º Este Decreto rige desde su expedición

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 3 de mayo de 1982.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Gobierno,

Jorge Mario Eastman.

El Ministro de Defensa Nacional,

General Luis Carlos Camacho Leyva.

El Ministro de Cocunicaciones,

Antonio Abello Roca.

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