Que aumenta la asignación de dos empleos en el Ramo de Guerra
El Presidente de la República de Colombia,
decreta :
Artículo único. A contar de 1.° de Enero presente, y mientras funcione la Corte Marcial en lo que se relacione con los conspiradores, el sueldo mensual del Fiscal general del Ejército y del Secretario del Funcionario de instrucción será de $ 200 y $ 100 oro, respectivamente.
Parágrafo. Queda en estos términos reformado el Decreto número 1488 de 26 de Diciembre. último.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 27 de Enero de 1906.
R. REYES
El Ministerio de Guerra,
manuel m. CASTRO U.
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