Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal y alimentación de alumnas y empleadas internas de la Escuela Normal de Señoritas de Bucaramanga
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Para sueldos del personal y alimentación de alumnas y empleadas internas de la Escuela Normal de Señoritas de Bucaramanga, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:
- a) Capitulo 03, articulo 902
Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así:
| Directora (interna) | $.190.00 | 2.280.00 |
| Subdirectora (interna) | 140.00 | 1.680.00 |
| Secretaria-Habilitada (interna) | 120.00 | 1.440.00 |
| Seis Profesoras internas, a $ 100 cada una | 600.00 | 7.200.00 |
| Profesor de Música y Canto | 50.00 | 600.00 |
| Médico-Profesor | 100.00 | 1.200.00 |
| Dentista | 50.00 | 600.00 |
| Capellán | 50.00 | 600.00 |
| Ecónoma (interna).. | 50.00 | 600.00 |
| Enfermera (interna) | 40.00 | 480.00 |
| Portera (interna) | 30.00 | 360.00 |
| Profesorado externo, hasta 01 horas de clases mensuales, a $ 1.50 la hora | 451.50 | 5.418.00 |
| Totales | 1.871.50 | 22.458.00 |
| b) Capitulo 63, artículo 903. Para alimentación en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así: | Mensual | Total |
| --- | --- | --- |
| De cuarenta y cinco (45) alumnas internas, a $ 16 cada una | $ 720.00 | 7.200.00 |
| Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio y demás gastos de esta Normal | 176.00 | |
| Total, | $ 7.376.00 | |
| Parágrafo. La partida de $ 20.000 que debe aportar el Departamento de Santander, conforme al contrato de nacionalización de esta Normal, será distribuido por resolución del Ministerio de Educación Nacional para atender a los demás gastos de sostenimiento de este plantel. | Parágrafo. La partida de $ 20.000 que debe aportar el Departamento de Santander, conforme al contrato de nacionalización de esta Normal, será distribuido por resolución del Ministerio de Educación Nacional para atender a los demás gastos de sostenimiento de este plantel. | Parágrafo. La partida de $ 20.000 que debe aportar el Departamento de Santander, conforme al contrato de nacionalización de esta Normal, será distribuido por resolución del Ministerio de Educación Nacional para atender a los demás gastos de sostenimiento de este plantel. |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de enero de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y crédito Público,
Alfonso ARAUJO
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, encargado del. Despacho de Educación Nacional,
Arcesio LONDOÑO PALACIO
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