Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal y alimentación de alumnas y empleadas internas de la Escuela Normal de Señoritas de Bucaramanga

Rango Decreto
Publicación 1943-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Para sueldos del personal y alimentación de alumnas y empleadas internas de la Escuela Normal de Señoritas de Bucaramanga, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así:

Directora (interna) $.190.00 2.280.00
Subdirectora (interna) 140.00 1.680.00
Secretaria-Habilitada (interna) 120.00 1.440.00
Seis Profesoras internas, a $ 100 cada una 600.00 7.200.00
Profesor de Música y Canto 50.00 600.00
Médico-Profesor 100.00 1.200.00
Dentista 50.00 600.00
Capellán 50.00 600.00
Ecónoma (interna).. 50.00 600.00
Enfermera (interna) 40.00 480.00
Portera (interna) 30.00 360.00
Profesorado externo, hasta 01 horas de clases mensuales, a $ 1.50 la hora 451.50 5.418.00
Totales 1.871.50 22.458.00
b) Capitulo 63, artículo 903. Para alimentación en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así: Mensual Total
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De cuarenta y cinco (45) alumnas internas, a $ 16 cada una $ 720.00 7.200.00
Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio y demás gastos de esta Normal 176.00
Total, $ 7.376.00
Parágrafo. La partida de $ 20.000 que debe aportar el Departamento de Santander, conforme al contrato de nacionalización de esta Normal, será distribuido por resolución del Ministerio de Educación Nacional para atender a los demás gastos de sostenimiento de este plantel. Parágrafo. La partida de $ 20.000 que debe aportar el Departamento de Santander, conforme al contrato de nacionalización de esta Normal, será distribuido por resolución del Ministerio de Educación Nacional para atender a los demás gastos de sostenimiento de este plantel. Parágrafo. La partida de $ 20.000 que debe aportar el Departamento de Santander, conforme al contrato de nacionalización de esta Normal, será distribuido por resolución del Ministerio de Educación Nacional para atender a los demás gastos de sostenimiento de este plantel.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de enero de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, encargado del. Despacho de Educación Nacional,

Arcesio LONDOÑO PALACIO

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