por el cual se incrementan las asignaciones básicas de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en el exterior y se dictan otras disposiciones en materia salarial

Rango Decreto
Publicación 1988-01-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de enero de 1988, increméntase en un tres por ciento (3%) las asignaciones básicas de los funcionarios diplomáticos y del personal administrativo del servicio exterior.

Artículo 2° Establécense los siguientes niveles de gastos de representación mensual para los Embajadores de Colombia en el exterior con carácter de Jefes de Misión y de grado ocupacional 7 EX u 8 EX, según la clasificación que a continuación se determina:

Nivel de la misión Valor mensual en US$
1 337
2 676
3 1.125
4 2.251
5 3.939

Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto-ley 200 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1988.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Comunicaciones encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, Fernando Cepeda Ulloa. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Joaquín Barreto Ruiz.

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