por el cual se adiciona la Planta de Personal del Ministerio de Agricultura
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las conferidas por el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º Créanse en la Planta de Personal del Ministerio de Agricultura los siguientes cargos:
| Número de cargos | Dependencia y denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Oficina de Planeamiento del Sector Agropecuario | Oficina de Planeamiento del Sector Agropecuario | Oficina de Planeamiento del Sector Agropecuario | Oficina de Planeamiento del Sector Agropecuario |
| 1 | Asesor | 1020 | 05 |
| 3 | Profesional Especializado | 3010 | 13 |
| 6 | Profesional Especializado | 3010 | 10 |
| 27 | Profesional Universitario | 3020 | 06 |
| 6 | Profesional Universitario | 3020 | 04 |
| 9 | Profesional Universitario | 3020 | 03 |
| 4 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 13 |
| 3 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 11 |
| 6 | Ayudante de oficina | 5155 | 05 |
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a. 13 de enero de 1989.
VIRGILIO BARCO
EL Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcon Mantilla.
El Ministro de Agricultura,
Gabriel Rosas Vega.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquin Barreto Ruiz.
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