por el cual se aclaran los artículos 1° y 2° del Decreto número 1123 del 15 de junio de 1993 y se revoca el Decreto número 1170 del 24 de junio del mismo año
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, como suprema autoridad administrativa, en armonía con lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto 1666 de 1991,
DECRETA:
Artículo 1° Aclárase el artículo 1° del Decreto 1123 del 15 junio de 1993, en el sentido de que el doctor Rudolf Hommes, Ministro de Hacienda y Crédito Público viajó únicamente a la ciudad de New York (Estados Unidos de Norte América) del 24 al 28 de junio de 1993, con el fin de asistir a la Conferencia de la Comisión de las Américas y a las reuniones con los Banqueros y el Standard and Poor.
Artículo 2° Aclárase en el artículo 2° del Decreto 1123 del 15 junio de 1993, en el sentido de que el doctor Rudolf Hommes, tendrá derecho a viáticos diarios de US$ 265 del 24 al 27 junio de 1993, y de US$ 132.50 por el día 28 del mismo mes y año (último día sin pernoctar).
Artículo 3° En todo lo demás continúa vigente el Decreto 1123 del 15 de junio de 1993.
Artículo 4° Revócase el Decreto número 1170 del 24 de junio de 1993, que aclara el artículo 1° del Decreto 1123 del 15 de junio del mismo año, en razón a que el doctor Rudolf Hommes, Ministro de Hacienda y Crédito Público, no pudo desplazarse a la ciudad de Washington D. C. (Estados Unidos de Norte América) a sostener conversaciones con integrantes del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo, BID, como se había previsto.
Artículo 5° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 29 de junio de 1993
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Miguel Silva Pinzón.
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