Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1950-05-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 12, de abril de 1950, autorizó al Ministerio dé Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el, acta respectiva.

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Ministerio de Obras Públicas.
Capítulo 112.
Del artículo 1631. Para continuar lá construcción de.:1a. carretera Troncal Transversal Bogotá-Turbo, asi:
Sonsón-Dorada $ 150.000.00
Capítulo 112.
Al artículo 1631. Para la carretera Medellín-Turbo $ 150.000.00
Artículo 2° El presente Decretó rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de abril de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro: de Hacienda y Crédito; Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.

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