Por el cual se fija la partida para gastos de útiles de escritorio de la oficina Postal de Fusagasugá

Rango Decreto
Publicación 1918-08-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Fíjase en dos pesos ($ 2) la partida mensual de útiles de escritorio de la Administración de Correos de Fusagasugá, a contar del 1º de septiembre próximo venidero.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de agosto de 1918.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Pedro Antonio MOLINA.

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