Por el cual se suspenden en parte y por tiempo de terminado los efectos del Decreto número 1186 del año en curso
1186 del año en curso.
El Presidente de la República de Colombia
CONSIDERANDO:
Que hay necesidad de dar tiempo á los miembros de la Superintendencia de Rentas para el arreglo del archivo de aquella Oficina y para que rindan el informe correspondiente,
decreta:
Artículo único. Suspéndanse hasta el día 31 del presente mes los efectos del Decreto número 1186 de 23 de Septiembre último, en lo tocante á la eliminación de la Superintendencia de Rentas.
Quedan vigentes en consecuencia las demás disposiciones del citado Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 7 de Octubre de 1907.
R. BEYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
tobias VALENZUELA
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