Por el cual se crean unos cargos (ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el Ministerio de Obras Públicas tiene celebrados contratos para la pavimentación de las carreteras Barranquilla-Cartagena, Cartagena-Gambote y Cúcuta-Pamplona, contratos que requieren para el control de la obra y de los fondos el nombramiento de Interventores y de Habilitados Almacenistas Contadores,
DECRETA:
Artículo primero. Créanse los cargos de Interventor y de Habilitado Almacenista Contador de los contratos de pavimentación de las carreteras Barranquilla-Cartagena, y Cartagena-Gambote, celebrados con la Compañía Panamericana de Construcción, Limitada, para la pavimentación del sector Barranquilla al kilómetro 18, con la Compañía Interamericana de Construcciones, S, A., para el sector del kilómetro 18 a Cartagena y para el sector Cartagena-Gambote, celebrado con el señor Alfredo Orduz.
Artículo segundo. Los empleados cuyos cargos se crean devengarán sueldos así: el Interventor, $ 800, y el Habilitado Almacenista Contador, $ 336, que serán pagados con los fondos destinados a estos contratos, tomados por partes iguales de cada contrato.
Artículo tercero. Créanse los cargos de Interventor y de Habilitado Almacenista Contador del contrato celebrado con el Ingeniero Pablo Páez Casas para la pavimentación de la carretera Cúcuta-Pamplona. con sueldos de $ 750 para el Interventor, y de $ 330 para el Habilitado Almacenista Contador, que serán pagados con los fondos destinados a este contrato..
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de abril de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMlLLO OCAMPO-El Ministro de Obras Públicas. Luis Ignacio ANDRADE.
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