Por el cual se reforman los marcados con los números 1432 de 1925 y 684 de 1926 (ramo de Caminos)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º A partir del primero de agosto entrante, los trabajos de prolongación de la Carretera Central del Norte, estarán al cuidado del personal que se expresa en seguida, con sus respectivas asignaciones mensuales: un Ingeniero Jefe, con trescientos cincuenta pesos ($350); un Ingeniero primer Ayudante, con doscientos cincuenta pesos ($250); un Ingeniero segundo Ayudante, con doscientos treinta pesos ($230); un Ingeniero tercer Ayudante, con doscientos pesos ($ 200); un Cajero Contador, con ciento cincuenta pesos ($150); un Almacenista Proveedor, con ochenta pesos ($80), y dos Inspectores de trabajos, con un jornal diario hasta de cinco pesos ($5) para cada uno. Estos dos últimos empleados serán de libre nombramiento del Ingeniero Jefe de la obra.
Artículo 2º Para desempeñar los puestos de que trata el artículo anterior, se hacen los siguientes nombramientos: Ingeniero Jefe, señor Carlos Velandia; Ingeniero primer Ayudante, señor Camilo Torres Parra; Ingeniero segundo Ayudante, señor Fernando Tavera; Ingeniero tercer Ayudante, señor Jorge García Téllez. Los señores Pablo Enrique Pinzón Tolosa y Juan Eslava, continuarán desempeñando los cargos de Cajero Contador y Almacenista Proveedor, en su orden.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de julio de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.
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