Por el cual se crean unas plazas de Guardianes
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 19 de 1958, previo concepto del Consejo de Ministros, y
CONSIDERANDO:
Que por razones de seguridad y de disciplina es indispensable aumentar el número de Guardianes en la Penitenciaría Central de La Picota, y Que con ese fin ya se han hecho las traslaciones necesarias en el Presupuesto del Ministerio de Justicia,
DECRETA:
Artículo primero. Créanse ochenta (80) plazas de Guardianes para la Penitenciaría Central La Picota, con una asignación mensual para Cada una de $ 250.00.
Artículo segundo. Este Decreto surtirá sus efectos a partir del quince (15) de abril del año en curso.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 17 de mayo de 1960. ,
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Justicia,
Germán Zea.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa
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