Por el cual se trasladan unas partidas en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1906

Rango Decreto
Publicación 1907-10-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la, República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Trasládanse en el Presupuesto de gastos del año económico de 1906 las siguientes partidas que se deducen de las imputaciones respectivas:

MINISTERIO DE GOBIERNO

departamento de politica interior

Capítulo 1.°

Asamblea Nacional Personal.

Artículo 3 ° Gastos de Representación $ 98 ..
Artículo 3.° bis. Junta de Comerciantes $ 150 $ 248 ..
Suman las deducciones $ 248 ..
Artículo 2°. Las partidas que se trasladan tendrán la imputación siguiente: MINISTERIO DE GOBIERNO departamento de justicia Capítulo 17. Gastos varios de Justicia. Artículo 175. Para la investigación de ciertos delitos ó castigo de ellos $ 248 $ 248
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Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que de lugar el presente Decreto. Publíquese. Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que de lugar el presente Decreto. Publíquese. Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que de lugar el presente Decreto. Publíquese.

Dado en Bogotá, á 7 de Octubre de 1907.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

TOBIAS VALEN ZUELA

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