Por el cual se traslada a otro lugar una oficina Postal
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo único. Trasladase con el mismo personal y asignaciones la Administración Subalterna de Correos de Buenavista Abajo, de la Circunscripción Postal de Barranquilla, al sitio o caserío denominado San Agustín, que pertenecerá a la misma Circunscripción.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de septiembre de 1922.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Miguel JIMENEZ LOPEZ.
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