por medio del cual se modifica el numeral 2 del Decreto 801 del 23 de abril de 2014
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas en el artículo 189, numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 801 del 23 de abril de 2014, se designó como Director (Comisario General) para la participación en la exposición internacional Expo Milán 2015, al doctor Juan Pablo Cavelier.
Que en el artículo 2° del citado decreto, se indicó que los viáticos y pasajes que ocasionara el cumplimiento de las funciones del Comisario General para Expo Milán 2015, se pagarían con cargo al presupuesto del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Que en atención a que en el presupuesto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, existe una partida para la atención de dichos gastos, se hace necesaria la modificación del decreto enunciado, con el fin de los emolumentos ocasionados por el cumplimiento de las funciones del Comisario General para Expo Milán 2015, sean cancelados con dicho presupuesto.
Que por lo expuesto, se,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase el artículo 2° del Decreto 801 del 23 de abril de 2014, el cual quedará así:
“Artículo 2°. Los viáticos y pasajes que ocasione el cumplimiento de las funciones del Comisario General para Expo Milán 2015, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo”.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de julio de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Santiago Rojas Arroyo.
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