Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de 1907

Rango Decreto
Publicación 1907-10-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA

Artículo 1°. Trasládanse en el presupuesto de gastos 1907 las siguientes partidas deducidas de las imputaciones respectivas:
Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones:

Paragrafo. Las oficinas ordenatorias y pagadoras verificaran en sus libros las aciones a que da lugar el presente Decreto.

Publiquese.

Dado en Bogotá, á 7 de Octubre de 1907.

R. REYES.

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

TOBIAS VALENZUELA.

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