Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1940-07-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. La partida apropiada en el artículo 925-A, capítulo 58, de la Ley de Apropiaciones vigente, se destina para atender al pago de los siguientes servicios:
Mensual. Total.
Para sueldo del Inspector Escolar del Territorio del Chocó, en los meses de enero a marzo, inclusive, del presente año, a $ 50.00 150.00
Para sueldos de diez y siete maestros del Territorio Escolar del Chocó, en los meses de enero a marzo, inclusive, del presente año, a razón de $ 40 mensuales cada uno 680.00 2.040.00
Suma total $ 2.190.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de junio de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

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