Por el cual se disponen algunos cambios en el personal de las Oficinas de Catastro de Caldas, Santander y Valle
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en desarrollo del Decreto número 998 de 1950.
decreta:
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 12 de abril de 1950, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva.
decreta:
Artículo 1° A partir de la fecha, suprímense en la Oficina Seccional de Catastro de Santander los cargos de Ingeniero Director (Oficial Segundo), Secretario-Abogado (Oficial Noveno), y; Subjefe de Conservación (Ayudante Tercero), previstos por el Decreto número 1987 de 1949.
Artículo 2° Créanse en las Seccionales de Catastro de Caldas y Santander los siguientes cargos, con categorías y asignaciones según el. articulo 1° del misino Decreto 1987, asi:
Oficina Seccional de Catastro de Caldas.
17 Revisores de Catastros Fiscales (Ayudantes Octavos).
3 Oficiales Quintos de Conservación (Ayudantes; Octavos).
Oficina Seccional de Catastro de Santander.
1 Director (Oficial Quinto).
1 Secretario Jefe de Conservación (Ayudante Primero).
Articulo 3° Los cargos de los Directores dé las: Oficinas Seccionales de Catastro dé Caldas y del Valle, creados por el Decreto 1987 de 1949, tendrán en lo sucesivo categoría de Oficiales Quintos.
Artículo 4° Para ocupar el cargo de Director de la Oficina Seccional de Catastro de Santander, a que se refiere el articulo 29 de este Decreto, nómbrase al doctor Manuel Vicente Pardo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de abril de 1950.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito; Público,
Hernán JARAMILLO OCAMPO.
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