Por el cual se crean dos puestos y se hacen dos nombramientos en las obras públicas nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Créase el cargo de Capellán del ferrocarril de Girardot, con la asignación mensual de doscientos veinte pesos ($ 220), y nómbrase para desempeñarlo al presbítero doctor Eugenio Celis.
Artículo 2.º Créase el cargo de Capellán de la carretera de Cambao, con la asignación mensual de doscientos veinte pesos ($ 220), y nómbrase para desempeñarlo al Reverendo Padre Pedro Alcántara Camargo, S. J.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de julio de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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