Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1951-06-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Obras Públicas).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y,

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del dia 1º de junio del año en cursó, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio del Obras Públicas según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo primero. .Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente;
MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 113
Del artículo 1560. Para aportes del Gobierno Nacional a la Asociacion de Navieros para obras de conservacion y mejoramiento del rio Magadalena y sus puertos, según contrato $ 300.000.00
Suman los contracreditos $ 300.000.00
CAPITULO 114
Al artículo 1571. Para pavimentacion y adquisicion de equipo para los Puertos Terminales Maritimos de Barranquilla y Cartagena, en el año $ 300.000.00
Suman los créditos $ 300.000.00
Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha. Comuniquése y publiquése.

Dado en Bogotá a 5 de junio de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, AntonioRestrepo - El Ministró dé Obras Públicas,Jorge Leyva.

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