Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1943-06-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 18 de junio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en la nota número 1011, procedente de la Secretaria de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hacense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Capítulo 20:
Del artículo 174. Para gastos de representación del personal diplomático, en el año $ 10.000.00
Capítulo 21:
Del artículo 178. Para sueldos del personal consular en el año 10.000.00
Del artículo 179. Para gastos del personal consular en el año 1.765.00
Suman los contracréditos $ 21.765.00
Capítulo 19:
Al artículo 167. Para compra de libros con destino a la biblioteca del Ministerio, gastos de publicación del Boletín, suscripción y compra de revistas y periódicos, en el año $ 1.765.00
Capítulo 20:
Al artículo 177. Para viáticos del personal diplomático en el año 20.000.00
Suman los créditos $ 21.765.00
Artículo 2° El Presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de junio de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Gabriel TURBAY

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

Dígito: CC52.697.984

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