Por el cual se declaran sin efecto unas incorporaciones y se hacen otras en la Planta de Personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 383 del 18 de febrero de 1981, se hicieron unas incorporaciones en la Planta de Personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte;
Que por error en la Secretaría Técnica - Dirección de Inmuebles Nacionales- División de Conservación de Edificios y Monumentos Nacionales- Sección de monumentos y parques urbanos se incorporan los señores Antonio José Morales Vargas y Leopoldo Delgado R., en los cargos de jefe de Sección, código 3010, grado 10 respectivamente,
DECRETA:
Artículo primero. Declarase sin efecto las incorporaciones hechas mediante Decreto número 383 de 18 de febrero de 1981 en la Planta de personal del Ministerio de Obras Públicas y transporte a los señores Antonio José Morales Vargas y Leopoldo Delgado R., por las razones dadas en el 2° considerando de este Decreto.
Artículo segundo. Incorpóranse a la Planta de Personal del Ministerio de Obras Públicas y Transporte las personas que a continuación se relacionan:
Dependencia y denominación del empleo -Código- Grado- Nombre del Funcionario.
-
- Secretaria Técnica.
3.3 Dirección de Inmuebles Nacionales.
- c) División de Conservación de Edificios y Monumentos Nacionales
Jefe de Sección 2075. 09 Leopoldo Delgado R.
Profesional Especializado 3010. 10 Antonio José Morales V
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde su expedición.
Comuníquese y Publíquese
Dado en Bogotá D.E., a 15 de mayo de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA.
El Ministro de Obras Públicas Y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.