Por el cual se aprueba el Acuerdo número 029 del 14 de noviembre de 1984, expedido por el Consejo Superior de la Universidad de la Amazonía

Rango Decreto
Publicación 1985-05-28
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número 029 del 14 de noviembre de 1984 emanado del Consejo Superior de la Universidad de la Amazonía, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 029 DE 1984

(noviembre 14 )

por el cual se establece la planta de personal de la Universidad de la Amazonía y se determina el número de trabajadores oficiales.

El Consejo Superior de la Universidad de la Amazonía, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias de la Universidad de la Amazonía, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:

No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
Rectoría Rectoría Rectoría Rectoría
1 Rector de Universidad 0045 03
1 Secretario Ejecutivo 5040 11
Secretaría General Secretaría General Secretaría General Secretaría General
Secretario General de Universidad 0075 01
1 Secretario 5140 08
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
Sección de Admisiones, Registro y Control Académico Sección de Admisiones, Registro y Control Académico Sección de Admisiones, Registro y Control Académico Sección de Admisiones, Registro y Control Académico
1 Jefe de Sección 2075 02
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
1 Secretario 5140 06
Oficina de Planeación Oficina de Planeación Oficina de Planeación Oficina de Planeación
1 Jefe de Oficina 2045 09
1 Secretario 5140 06
Instituto Amazónico de Investigaciones Instituto Amazónico de Investigaciones Instituto Amazónico de Investigaciones Instituto Amazónico de Investigaciones
1 Secretario 5140 06
Vicerrectoría Académica Vicerrectoría Académica Vicerrectoría Académica Vicerrectoría Académica
1 Vicerrector de Universidad 0060 01
1 Dibujante 4095 06
2 Auxiliar de Técnico 4110 03
1 Secretario 5140 08
Centro de Extensión y Educación a Distancia Centro de Extensión y Educación a Distancia Centro de Extensión y Educación a Distancia Centro de Extensión y Educación a Distancia
1 Director de Centro 2140 08
1 Secretario 5140 06
Facultad de Ciencias de la Educación Facultad de Ciencias de la Educación Facultad de Ciencias de la Educación Facultad de Ciencias de la Educación
1 Decano de Universidad 0085 01
1 Secretario 5140 08
3 Secretario 5140 06
Facultad de Ciencias Agropecuarias Facultad de Ciencias Agropecuarias Facultad de Ciencias Agropecuarias Facultad de Ciencias Agropecuarias
1 Decano de Universidad 0085 01
1 Secretario 5140 08
1 Secretario 5140 06
Facultad de Ciencias Contables y Económicas Facultad de Ciencias Contables y Económicas Facultad de Ciencias Contables y Económicas Facultad de Ciencias Contables y Económicas
1 Decano de Universidad 0085 01
1 Secretario 5140 08
1 Secretario 5140 06
Sección de Biblioteca e Información Científica Sección de Biblioteca e Información Científica Sección de Biblioteca e Información Científica Sección de Biblioteca e Información Científica
1 Jefe de Sección 2075 02
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
2 Auxiliar Administrativo 5120 07
1 Ayudante de Oficina 5155 07
Dirección Administrativa Dirección Administrativa Dirección Administrativa Dirección Administrativa
1 Director Administrativo de Universidad 0060 01
1 Secretario 5140 08
1 Auxiliar de Técnico 4110 06
1 Profesional Universitario 3020 04
1 Secretario 5140 06
División Financiera División Financiera División Financiera División Financiera
1 Jefe de División 2040 03
1 Técnico en Presupuesto 4035 07
1 Pagador 5045 13
1 Cajero 5095 08
1 Secretario 5140 06
División de Servicios Administrativo División de Servicios Administrativo División de Servicios Administrativo División de Servicios Administrativo
1 Jefe de División 2040 03
1 Supervisor 5105 12
1 Almacenista 5080 13
1 Secretario 5140 06
1 Ayudante de Oficina 5155 05
1 Operario Calificado 6000 07
6 Celador 6020 06
2 Chofer Mecánico 6010 08

Artículo 2º En concordancia con lo dispuesto en el artículo 122 del Decreto 80 de 1980, la planta de personal de trabajadores oficiales será de 12 empleos.

Artículo 3º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Florencia (Caquetá), a los catorce (14) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).

El Presidente, (fdo.) Mauricio González Medina.

El Secretario (E.), (fdo.) Gustavo Quintero Cuéllar.

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 3 de mayo de 1985

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ROBERTO JUNGUITO BONNET.

La Ministra de Educación Nacional,

Doris Eder De Zambrano.

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Ericina Mendiza Saladen.

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