Por el cual se dispone continuar los trabajos de apertura del camino nacional de Macanal al Meta, por el Upía

Rango Decreto
Publicación 1920-06-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

teniendo en cuenta:

decreta:

Artículo 1° Bajo la dirección inmediata del Ministerio de Obras Públicas dispónese la continuación de los trabajos de apertura del camino nacional de Macanal al Meta por el Upía, con sujeción al trazado que ya se practicó, y establécese, para atender dichos trabajos, el siguiente personal: un Administrador, con sueldo mensual de ochenta pesos ($ 80); un Director Técnico, con sueldo mensual de sesenta pesos ($ 60), y un Tesorero Contador, encargado del recibo de fondos, pago de gastos y rendición de cuentas, con sueldo mensual de cincuenta pesos ($ 50), el cual deberá cumplir previamente lo dispuesto por los artículos 286 a 290 del Código Fiscal.
Artículo 2° Nómbrase para desempeñar el cargo de Administración al señor Anatolio Perilla; para el puesto de Director Técnico al señor Martín Rojas, y para el Tesorero Contador al señor Vicente Cuervo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de junio de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, EstebanJARAMILLO.

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