Por el cual se dispone continuar los trabajos de apertura del camino nacional de Macanal al Meta, por el Upía
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
teniendo en cuenta:
- 1° Que en el capítulo de caminos del Presupuesto Nacional vigente, está apropiada la siguiente partida: artículo 814. Para el camino de Upía (Macanal al Meta), $ 6,000;
- 2° Que la construcción de esta vía se adelantó en años pasados hasta el kilómetro 18, a partir del puente de Batá, sobre el río de este nombre, y de ahí en adelante se ejecutó el trazado definitivo hasta el punto terminal, por los ingenieros Aurelio Vargas Salazar, Eduardo Franco y Jorge Acosta V., conforme a planos y demás documentos que existen en el Ministerio del ramo;
- 3° Que en virtud de lo anterior hay lugar a disponer la continuación de la apertura de la vía, para aprovechar lo ya hecho,
decreta:
Artículo 1° Bajo la dirección inmediata del Ministerio de Obras Públicas dispónese la continuación de los trabajos de apertura del camino nacional de Macanal al Meta por el Upía, con sujeción al trazado que ya se practicó, y establécese, para atender dichos trabajos, el siguiente personal: un Administrador, con sueldo mensual de ochenta pesos ($ 80); un Director Técnico, con sueldo mensual de sesenta pesos ($ 60), y un Tesorero Contador, encargado del recibo de fondos, pago de gastos y rendición de cuentas, con sueldo mensual de cincuenta pesos ($ 50), el cual deberá cumplir previamente lo dispuesto por los artículos 286 a 290 del Código Fiscal.
Artículo 2° Nómbrase para desempeñar el cargo de Administración al señor Anatolio Perilla; para el puesto de Director Técnico al señor Martín Rojas, y para el Tesorero Contador al señor Vicente Cuervo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de junio de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, EstebanJARAMILLO.
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