Por el cual se hace un nombramiento y se fija un porcientaje

Rango Decreto
Publicación 1926-07-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Nómbrase al señor Bruno Quintero, Agente Citador de la Administración Departamental de Hacienda Nacional de Cundinamarca.
Artículo 2º A partir del 1º de agosto del presente año, los Subagentes de la Administración Departamental de Hacienda Nacional de Cundinamarca, devengarán como única remuneración el 7 por 100 de las sumas que hagan recaudar por el impuesto sobre la renta causado hasta 1924, sin incluir en ningún caso lo que paguen las sociedades anónimas. La liquidación de éste porcentaje se hará de la manera prevista en el inciso 2° del artículo 63 del Decreto 802 del presente año, que se reforma por medio del presente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de julio de 1926.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.

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