Por el cual se ordena la publicación de un folleto en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de la facultad que le confiere el Decreto legislativo número 1043 de 1940, y vista la solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores,
decreta:
Artículo único. En la Imprenta Nacional, y por cuenta del Gobierno, se hará la edición de mil doscientos (1.200) ejemplares de la "Guía para los funcionarios diplomáticos y consulares de Colombia."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de mayo de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Luis TAMAYO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
CARLOS LLERAS RESTREPO
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