Por el cual se adiciona una apropiación. Ramo de Carreteras Nacionales
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 116, artículo 1839 "para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", adiciónase la apropiación del ordinal 21) "gastos generales de carreteras", en $ 10.599.25.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de mayo de 1953.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo
El Ministro de Obras Públicas,
Jorge Leyva
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