Por el cual se suprimen unos empleos y se declaran insubsistentes los respectivos nombramientos
El Presidente de la Republica de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones y de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 54 de 1939,
DECRETA:
Artículo 1.° Suprímense los siguientes empleos en la Aduana de Cartagena, a partir del día primero de julio venidero, y decláranse insubsistentes los respectivos nombramientos:
Aforador, señor Rafael Mariño Gutiérrez.
Liquidador, vacante desde el 28 de marzo del año en curso.
Piloto del remolcador Abadía Méndez, señor Candelario Suarez.
Motorista del remolcador Abadía Méndez, señor Andrés González.
Vigía del Faro de Cartagena, vacante desde el primero de enero del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de junio de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Credito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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