Por el cual se adiciona la composición del Comité para el estudio de los problemas de Desarrollo Urbano
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. El Jefe del Departamento administrativo de Planeación o un delegado suyo, formará parte del Comité para el estudio de los problemas de Desarrollo Urbano creado por el Decreto número 821 de 1967.
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 26 de junio de 1967
CARLOS LLERAS RESTREPO
Abdón Espinosa Valderrama, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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