por el cual se aprueba el Acuerdo número 018-93 del 26 de mayo de 1993 expedido por la Junta Liquidadora de la Zona Franca Industrial y Comercial de Buenaventura en Liquidación

Rango Decreto
Publicación 1993-06-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1° Aprobar el Acuerdo número 018-93 del 26 de mayo de 1993, por medio del cual se suprimen unos cargos en la planta de personal de la Zona Franca Industrial y Comercial de Buenaventura en Liquidación, y se derogan los Acuerdos números 08 y 11 de marzo y abril de 1993, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 018-93

(mayo 26)

por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal de la Zona Franca Industrial y Comercial de Buenaventura, y se derogan los Acuerdos números 08 y 11 de marzo y abril de 1993.

La Junta Directiva Liquidadora del Establecimiento Público Operador de la Zona Franca Industrial y Comercial de Buenaventura en Liquidación en ejercicio de sus facultades legales, estatutarias, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo 1° Derogar los Acuerdos números 08 de marzo 5 y 011 de abril 1° de 1993; por haberse cumplido los plazos previstos para la ejecución del programa de supresión de cargos, sin que dicho programa se ejecutara.

Artículo 2° Suprimir de la planta de personal del Establecimiento Público Operador de la Zona Franca Industrial y Comercial de Buenaventura, aprobada mediante Acuerdo de la Junta Directiva número 012 de mayo 24 de 1988 los cargos que a continuación se detallan:

Denominación del cargo Código Grado N° cargos
Gerencia General. Gerencia General. Gerencia General. Gerencia General.
Secretaria Ejecutiva 5040 13 1
División Comercial. División Comercial. División Comercial. División Comercial.
Auxiliar Administrativo 5120 07 2
Auxiliar servicios Generales 6035 03 1
Sección de Operaciones. Sección de Operaciones. Sección de Operaciones. Sección de Operaciones.
Coordinador 5005 19 1
Auxiliar Administrativo 5120 09 2
Ayudante de oficina 5155 07 3
Operario 6030 03 11
Supervisor 5105 12 1
División Técnica. División Técnica. División Técnica. División Técnica.
Secretario 5140 06 1
Operario Calificado 6000 08 1
Operario 6030 03 10
División Industrial. División Industrial. División Industrial. División Industrial.
Profesional Universitario 3020 04 1
Secretario 5140 06 1
Oficina de Planeación. Oficina de Planeación. Oficina de Planeación. Oficina de Planeación.
Profesional Universitario 3020 04 1
División Administrativa. División Administrativa. División Administrativa. División Administrativa.
Sección de Personal. Sección de Personal. Sección de Personal. Sección de Personal.
Supervisor 5105 10 3
Celador 6020 04 44
Auxiliar Servicios Generales 6035 03 10
Chofer Mecánico 6010 06 2
Ayudante de oficina 5155 07 1
Sección de Almacén. Sección de Almacén. Sección de Almacén. Sección de Almacén.
Operario 6030 03 1
División Financiera. División Financiera. División Financiera. División Financiera.
Cajero 5095 12 1
Total: Noventa y nueve Total: Noventa y nueve Total: Noventa y nueve 99

Artículo 3° El presente Acuerdo requiere para su validez de la aprobación del Gobierno Nacional y tendrá vigencia a partir de dicha aprobación.

Aprobado por la Junta Directiva Liquidadora del Establecimiento Público Operador de la Zona Franca Industrial y Comercial de Buenaventura, en la ciudad de Buenaventura a los veintiséis (26) días del mes de mayo de mil novecientos noventa y tres (1993).

El Presidente,

(Fdo.) Roberto Bossa.

La Secretaria,

(Fdo.) Carmen Antonia Cuesta de Angulo".

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 30 de junio de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Comercio Exterior,

Juan Manuel Santos C.

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