Por el cual se revoca el Decreto número 1180 del 5 de julio de 1992 que confiere una comisión de servicios en el exterior al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y encarga de las funciones del Despacho del mencionado Ministro al Viceministro de Hacienda y Crédito Publico
El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicios de las atribuciones que le confiere el artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, como sureña autoridad administrativa, en armonía con lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto 1666 de 1991,
CONSIDERANDO:
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- Que por el Decreto número 1180 del 15 de julio de 1992, se comisionó al Ministro de Hacienda y Crédito Público para viajar a la ciudad de Caracas (Venezuela) del 16 al 18 de julio de 1992, con el fin de asistir al Dialogo Binacional Colombia-Venezuela, y se encargó de las funciones del despacho del mencionado Ministro, al doctor Héctor José Cadena Clavijo, Viceministro de Hacienda y Crédito Público;
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- Que por circunstancias especiales de última hora el Ministro de Hacienda Y crédito público no pudo desplazarse a la cuidad de Caracas (Venezuela) y en consecuencia se hace indispensable revocar el Decreto número 1180 del 15 de julio de 1992,
DECRETA:
Artículo 1° Revócase e todas sus partes el Decreto número 1180 del 15 de julio de 1992, por las razones que se dejan expuestas en el considerando número 2 de la presente providencia.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 28 de julio de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica,
Fabio Villegas Ramírez.
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