Por el cual se segregan dos fracciones de un Municipio y se agregan a otro

Rango Decreto
Publicación 1909-02-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y vista la solicitud de los vecinos de las fracciones de Pescadoviejo y Guare, Municipio de Roldanillo, apoyada por el Gobernador del Departamento de Buga,

decreta:

Artículo 1.° Segréganse del Municipio de Roldanillo y agréganse del Municipio de Roldanillo y agréganse al de Bolívar en el Departamento de Buga, las fracciones de Pescadoviejo y Guare, quedando por límites entre esos dos Distritos el estrecho de La Peña en el río Cauca; de aquí en línea recta sobre la loma ó cerro que se levanta y sigue hacia la cordillera occidental, línea que pasando por el Portachuelo del Chirinal, por el alto del Picacho y por el alto de Las Amarillas, vaya á descender y terminar por la cuchilla de La Ciénaga el curso del río Pescador en su parte alta de la montaña; éste aguas arriba hasta su nacimiento.
Artículo 2.° El presente Decreto regirá desde el 1.° de Febrero actual.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 1.° de Febrero de 1909.

R. REYES

El Ministro de Gobierno,

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.