Por el cual se segregan dos fracciones de un Municipio y se agregan a otro
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y vista la solicitud de los vecinos de las fracciones de Pescadoviejo y Guare, Municipio de Roldanillo, apoyada por el Gobernador del Departamento de Buga,
decreta:
Artículo 1.° Segréganse del Municipio de Roldanillo y agréganse del Municipio de Roldanillo y agréganse al de Bolívar en el Departamento de Buga, las fracciones de Pescadoviejo y Guare, quedando por límites entre esos dos Distritos el estrecho de La Peña en el río Cauca; de aquí en línea recta sobre la loma ó cerro que se levanta y sigue hacia la cordillera occidental, línea que pasando por el Portachuelo del Chirinal, por el alto del Picacho y por el alto de Las Amarillas, vaya á descender y terminar por la cuchilla de La Ciénaga el curso del río Pescador en su parte alta de la montaña; éste aguas arriba hasta su nacimiento.
Artículo 2.° El presente Decreto regirá desde el 1.° de Febrero actual.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 1.° de Febrero de 1909.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
- m. VARGAS
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