por el cual se designan los representantes del Presidente de la República en el Consejo Directivo del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales del numeral 13 del artículo 189 y de las legales que le confiere el artículo 6° del Decreto 2133 de 1992,
DECRETA:
Articulo 1° Desígnanse como representantes del Presidente de la República en el Consejo Directivo del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social a los siguientes funcionarios:
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- El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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- El Ministro de Defensa Nacional.
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- El Ministro de Salud.
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- El Ministro de Educación Nacional.
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- El Director del Departamento Nacional de Planeación.
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- El Consejero Presidencial para la Política Social de la Presidencia de la República.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 20 de enero de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Miguel Silva Pinzón.
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