por el cual se crea una Oficina
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Créase la Oficina Postal y telegráfica de Pueblonuevo (Departamento de Cundinamarca), con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 22 |
|---|---|---|
| Un Cartero | 3 | |
| Para gastos de alumbrado | 1 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de julio de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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