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por el cual se modifica la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)

Texto vigente a fecha 2013-06-17

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades otorgadas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) presento el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con Certificado de Viabilidad Presupuestal de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímanse de la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), los siguientes empleos:
Número de cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR EJECUTIVO DESPACHO DEL DIRECTOR EJECUTIVO DESPACHO DEL DIRECTOR EJECUTIVO DESPACHO DEL DIRECTOR EJECUTIVO
2 (Dos) Asesor 1020 01
1 (Un) Asesor 1020 07
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
1(Uno) Auxiliar de Servicios Generales 4064 13
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), los siguientes empleos:
Número de cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR EJECUTIVO DESPACHO DEL DIRECTOR EJECUTIVO DESPACHO DEL DIRECTOR EJECUTIVO DESPACHO DEL DIRECTOR EJECUTIVO
5 (Cinco) Asesor 1020 18
7 (Siete) Asesor 1020 17
6 (Seis) Asesor 1020 16
5 (Cinco) Asesor 1020 15
5 (Cinco) Asesor 1020 08
7 (Siete) Profesionales Especializados 2028 24
5 (Cinco) Profesionales Especializados 2028 21
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
3 (Tres) Experto de Comisión Reguladora 0090
1 (Un) Subdirector Administrativo y Financiero 0150 23
2 (Dos) Profesionales Especializados 2028 24
3 (Tres) Profesionales Especializados 2028 17
3 (Tres) Profesionales Especializados 2028 16
3 (Tres) Técnico Administrativo 3124 13
2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4210 23
5 (Cinco) Conductor Mecánico 4103 13
Artículo 3°. Distribución de los empleos. El Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, programas, y las necesidades del servicio.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de junio de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Minas y Energía,

Federico Rengifo Vélez.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.