por el cual se crean unas Oficinas

Rango Decreto
Publicación 1915-08-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Créanse las Oficinas Postales y Telegráficas de Cumbre y Punta de Yumbo (Departamento del Valle), con el personal y asignaciones mensuales siguientes:

Cumbre.
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 25
Un Cartero 3
Para gastos de alumbrado 1
Punta de Yumbo.
Un Telegrafista. Administrador de Correos, con $ 25
Un Cartero 3
Para gastos de alumbrado 1

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de julio de 1915.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ

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