Por el cual se deroga otro

Rango Decreto
Publicación 1942-05-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Habiendo pasado las elecciones, y considerando innecesarias ya las medidas tomadas sobre porte de armas, derógase el Decreto 952 de 11 de abril último.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de mayo de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Luis TAMAYO

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