Por los cuales se hacen unas distribuciones en el presupuesto de gastos para el ejercicio fiscal de 1971, (Ministerio de Educación Nacional), por $ 27.891.100

Rango Decreto
Publicación 1971-07-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 4ª de 1970, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requieren de la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación.

Que el Ministerio de Educación Nacional ha propuesto la distribución de varias sumas apropiadas en el Presupuesto de la vigencia actual, y

Que la Dirección General del Presupuesto encuentra conveniente y ajustadas a las disposiciones legales vigentes las distribuciones propuestas,

DECRETA:

Artículo 1° Hacer las siguientes distribuciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971:

Presupuesto de Funcionamiento.

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 281.

Ministerio de Educación Nacional.

Programa 320.

Bienestar Educativo.

Subprograma 1. Dirección y Control.

Transferencias

203, - 3 11, - 412. Artículo-3065. Becas nacionales $ 26.000.000

se distribuye parcialmente, así:

En diez (10) meses: febrero a noviembre de 1971:

Restaurantes:

Mensual Total
Ordinal 1. ANTIOQUIA $ 30.000
r) 30 Escuela para ciegos y sordomudos de Medellín, a $ 100,00 mensuales c/u. 3.000 30.000
Ordinal 4. BOYACA 16.100 16.100
n) 7 Instituto Técnico Agrícola dé Palpa, a $ 230.00 mensuales c/u 16.100 16.100
Ordinal 10. BOGOTA, D. E. 15.000
ñ) 30 Instituto para ciegos y sordomudos, a $ 100.00 mensuales c/u 3.000 30.000
o) 120 Instituto Nuestra Señora de la Sabiduría para ciegos y sordomudos, a S 100.00 mensuales c/u 12.000 12.000
--- --- ---
Ordinal 12. GUAJIRA 90.000
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i) 30 Internado Indígena de Uribia, a $ 100.00 mensuales, c/u. 3.000 30.000
j) 30 Internado Indígena de Aremasaín, a $ 100.00 mensuales c/u. 3.000 30.000
k) 30 Internado Indígena de Nazareth, a $ 100.00 mensuales c/u 3.000 30.000
Ordinal 16. NARIÑO 80.000
d) 80 Concentración Escolar de Tumaco, a S 100.00 mensuales c/u 8.000 80.000
Ordinal 19. RISARALDA 40.000
f) 40 Escuela Agrícola Femenina Veracruz, de Santa Rosa de Cabal, a $ 100.00 mensuales c/u. 4.000 40.000
Ordinal 24. AMAZONAS 250.000
d) 50 Internado de La Chorrera, a $ 100.00 mensuales c/u. 5.000 50.000
e) 50 Concentración Escolar San José (río Amazonas), a $ 100.00 mensuales c/u. 5.000 50.000
f) 50 Internado de Nirití, a $ 100.00 mensuales c/u. 5.000 50.000
g) 50 Internado de La Pedrera, a $ 100.00 mensuales c/u. 5.000 50.000
h) 50 Internado Puerto Nariño, a $ 100.00 mensuales c/u 5.000 50.000
Ordinal 25. CAQUETA 100.000
d) 50.Internado de La Rastra, a $ 100.00 mensuales c/u 5.000 50.000
e) 50 Internado de Sólita, a $ 100.00 mensuales c/u 5.000 50.000
Ordinal 26. PUTUMAYO 90.000 90.000
b) 90 Internado Escolar de Puerto Asís, a $ 100.00 mensuales c/u 9.000 90.000
Ordinal 27. VAUPES 45.000
a) 45 Internados y Escuelas del Territorio Escolar de Mitú, a $ 100.00 mensuales c/u 4.500 45.000

Presupuesto de Inversión.

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 680

Ministerio de Educación Nacional.

Programa 681.

Construcciones escolares.

Subprograma 1. Construcción y dotación Escuelas Urbanas 588, - 312. Artículo 6802. Administración programas de construcción, Bogotá. $ 27.000.000

Que se distribuyen así:

Servicios personales.

Proyecto 1 Sueldos del personal de nómina $ 17.434.920
Proyecto 2 Gastos de representación 156.008
Proyecto 3 Sueldos del personal supernumerario 321.006
Proyecto 4 Remuneración servicios técnicos 200.000
Proyecto 5 Honorarios 242.400
Proyecto 6 Horas extras 15.000
Proyecto 7 Prima de Navidad 1.535.549
Proyecto 8 Otras primas 7.396
Proyecto 9 Indemnización por vacaciones 85.000
Proyecto 10 Auxilio de transporte 61.680
Proyecto 11 Subsidio familiar 51.560
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
Proyecto 12 Mantenimiento y aseguros $ 550.000
Proyecto 13. Compra de equipo 550.000
Proyecto 14, Viaticas y gastos de viaje 1.220,00
Proyecto 15. Servicios de comunicaciones 450.000
Proyecto 16. Servicios públicos 125.000
Proyecto 17. Materiales y suministros 95.000
Proyecto 18. Impresos y publicaciones 1.300.000
Proyecto 19. Arrendamientos 444.495
Transferencias. Transferencias. Transferencias. Transferencias.
Proyecto 20. Cuota de fiscalización 1.200.000
Proyecto 21. Capacitación de personal - Becas 100.000
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publiquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de junio de 1971.

MISAEL PASTEANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y .Crédito Público,

Rodrigo Llorente M.

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