Por el cual se aumenta una partida para alimentación, lavado y peluquería

Rango Decreto
Publicación 1924-08-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de facultades legales, y teniendo en cuenta que se ha comprobado que la partida de $ 9 mensuales es insuficiente para atender en buenas condiciones a los servicios de .alimentación, lavado y peluquería del personal de tropa del Regimiento de Infantería Ayacucho número 9, acantonado en Manízales,

decreta:

Artículo 1º Auméntase a diez pesos ($ 10) mensuales la partida asignada para alimentación, lavado y peluquería de cada individuo de tropa del Regimiento de Infantería Ayacucho número 9.
Artículo 2º El señor Comisario Pagador del Ejército ordenará al respectivo Contador para que gire por esta suma desde el primero de agosto próximo venidero.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá, a 29 de Julio de 1934.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Guerra Carlos JARAMILLO ISAZA.

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