por el cual se aclara el Decreto número 1191 de 1995
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 2° del Decreto número 1666 de 1991,
DECRETA:
Artículo 1°. Acláraseel artículo 1° del Decreto número 1191 del 10 de junio de 1995, en el sentido de expresar que la comisión de servicio allí conferida al Ministro de Hacienda y Crédito Público, se extendió hasta el 21 de julio del año en curso artículo.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá D C., 24 de julio de 1995
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Manuel Turbay Marulanda.
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