por el cual se aclara el Decreto número 1191 de 1995

Rango Decreto
Publicación 1995-08-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 2° del Decreto número 1666 de 1991,

DECRETA:

Artículo 1°. Acláraseel artículo 1° del Decreto número 1191 del 10 de junio de 1995, en el sentido de expresar que la comisión de servicio allí conferida al Ministro de Hacienda y Crédito Público, se extendió hasta el 21 de julio del año en curso artículo.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá D C., 24 de julio de 1995

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Juan Manuel Turbay Marulanda.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.