Por el cual se honra la memoria de un gran colombiano

Rango Decreto
Publicación 1948-04-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 12l de la Constitución, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo primero. Conságrase como monumento nacional a la memoria del doctor Jorge Eliécer. Gaitán la casa donde vivió el eximio jefe desaparecido, y donde serán sepultados sus restos con toda solemnidad.
Artículo segundo. En dicha casa se formará un museo destinado a conservar la biblioteca y los objetos que recuerden la vida y las actividades públicas del doctor Gaitán.
Artículo tercero. La Nación adquirirá los terrenos necesarios para rodear la casa de una plaza que llevará el nombre de Jorge Eliécer Gaitán. En ella se erigirá su estatua.
Artículo cuarto. Declárase de utilidad pública la adquisición de los inmuebles necesarios para dar cumplimiento a este Decreto.
Artículo quinto. El Gobierno hará los traslados presupuéstales necesarios para la ejecución de las obras ordenadas este Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de abril de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno, Darío ECHANDIA-El Ministre de Relaciones Exteriores, Eduardo ZULETA ANGEL-El Ministro de Justicia, Samuel ARANGO REYES-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Guerra, Teniente General Germán OCAMPO-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Pedro CASTRO MONSALVO-El Ministro del Trabajo Evaristo SOURDIS-El Ministro de Higiene, Jorge BEJARANO-El Ministro de Comercio e Industrias, Guillermo SALAMANCA-El Ministro de Minas y petróleos, Alfonso ARAGON QUINTERO-E1 Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO-E1 Ministro de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILA TELLO-El Ministro de Obras Públicas, Lula Ignacio ANDRADE.

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