Por el cual se hacen varias traslaciones en el Presupuesto de Gastos de 1907
El Presidente la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo l.° Trasládanse en el Presupuesto de la vigencia económica de 1907 las siguientes partidas:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Departamento de Obras Públicas.
Capítulo 76-Ministerio de Obras Publicas (Personal)
| Artículo 353. Sueldos de los empleados de este Ministerio en el año | $ | 657 49 |
|---|---|---|
Capítulo 77 Utiles de escritorio y material para oficinas nacionales.
| Artículo 354. Para el laboratorio de química industrial y analítica de que trata el contrato aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de Agosto de l907 (Diario Oficial número 13063). | 12,000 | |
|---|---|---|
Capítulo 78 Edificios nacionales.
| Artículo 355. Para pagar al Señor Eduardo B. Gerlein el completo de la casa que le compró el Gobierno | $ | 21,118 |
|---|---|---|
Capítulo 79 Gastos varios.
| Artículo 357. Para auxiliar la obra de la Catedral Primada de Colombia por cuotas mensuales en el año | $ | 23,803 90 | 23,803 90 | 23,803 90 |
|---|---|---|---|---|
| Artículo 358. Para pagar medios sueldos á los empleados de este Ministerio cuando se hallen en uso de licencia por enfermedad comprobada | 1,000 | 24,803 90 |
Departamento de Fomento.
Capítulo .81 Vías de comunicación y otros gastos de fomento.
| Artículo 364. Para el establecimiento de alumbrado de cualquier clase en Bogotá... | $ | 20,000 | 20,000 | 20,000 |
|---|---|---|---|---|
| Artículo 370. Para el fomento de colonización, navegación y comercio en las regiones del Caquetá y Putumayo... | 6,000 | 26,000 | ||
| Suman las deducciones | $ | 84,579 39 | 84,579 39 | 84,579 39 |
Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones:
MINISTERIO DE 0BRAS PUBLICAS
Departamento de Obras Públicas.
Capítulo 77 Utiles de escritorio y material para oficinas nacionales.
| Artículo 354. Para material y útiles de escritorio para oficinas nacionales | $ | 5,472 96 | 5,472 96 |
|---|---|---|---|
| Artículo 354 A. Para proveer de papel y tinta á la Imprenta Nacional | 911 | 911 | |
| Artículo 354 B. Para proveer de .textos y útiles de enseñanza á las escuelas primarias de la República, a los colegios y demás establecimientos oficiales de educación | 3,517 61 | ||
| Artículo 354 C. Para gastos de transporte de carga para el servicio oficial --- | 1,675 51 | 11,577 08 |
Capítulo 76 Edificios nacionales.
| Artículo 355. Para reparación, conservación y aseo del Capitolio nacional y otros edificios nacionales | $ | 20,946 71 |
|---|---|---|
Capítulo 79 Gastos varios.
| Artículo 356. Para gastos extraordinarios imprevistos | 20,212 74 | |
|---|---|---|
Departamento de Fomento.
Capítulo 81 Vías de comunicación y otros gastos de fomento.
| Artículo 363. Para construcción y conservación de caminos, carreteras y puentes -- | $ | 22,295 57 |
|---|---|---|
| Artículo 369. Para la destruo de la langosta -- | 7,766 76 | |
| --- | --- | --- |
| Artículo 375. Para fomento de la agricultura-- | 1,780 53 | |
| Total | $ |
Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que dé lugar el presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 3 de Febrero de 1908.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
tobias VALENZUELA
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