Por el cual se suprimen unos cargos en carreteras nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, suprímense los siguientes cargos en las Carreteras Nacionales:
- a) En la Comisión de Trazado de la Carretera Bolívar (Santander) -Barbosa-Puerto Olaya los cargos de Ingeniero Ayudante y Habilitado Almacenista, creados por Decreto 2764 de 1948.
- b) En la Comisión de Estudios y Proyectos de la Carretera Bojacá-Tena-La Mesa, el cargo de Inspector de Trabajos, creado por Decreto 3671 de 1948.
- c) En la Comisión de Estudios y Proyectos de la carretera Daheiba-Turbo, el cargo de Ingeniero Jefe, creado por Decreto 3985 de 1947.
- d) En la Comisión de Estudios, Proyectos y Construcción de la carretera Guaduas-Chaguaní, los cargos de Inspector de Trabajos, Oficial de Sanidad y Farmaceuta-Enfermero, creados por Decreto 2591 de 1949.
- e) En la Comisión de Estudios y Construcción del camino de herradura Pasto-Los Alizales, los cargos de Ingeniero Jefe y Habilitado-Almacenista-Contador, creados por Decreto 959 de 1950.
- f) En la Comisión de Estudios de la carretera Palmira-Chinche Chaparra], los cargos de Ingeniero Jefe, Ingeniero Ayudante y Topógrafo, creados por Decreto número 2978 de 1949.
- g) En la Comisión de Estudios y Proyectos de la carretera San Félix-Marulanda, los cargos de Cajero-Pagador y Almacenista-Contador, creados por Decreto número 3183 de 1947.
- h) En la Comisión de Estudios, Proyectos y Construcción de la carretera Teorama-San Calixto-Asnasica-Abrego, los cargos de Ingeniero Jefe e Ingeniero Ayudante, creados por Decreto número 2623 de 1947.
- i) En la Comisión de Estudios, Proyectos y Construcción de la carretera Toca-Pesca-Tota-Puebloviejo, los cargos de Cajero-Pagador y Almacenista-Contador, creados por Decreto número 2175 de 1949.
- j) En la Comisión de Estudios, Proyectos y Construcción de la carretera Santa Marta-Iíiohacha, los cargos de Ingeniero Jefe, Topógrafo - Dibujante, Cajero - Pagador, Almacenista - Contador, creados por Decreto número 3019 de 1946; los de Subalmacenis-ta, Inspector de Trabajos del Sector Santa Marta-Sierra Nevada, Inspector de Trabajos del Sector Santa Marta-Dibulla, Mecanógrafa-Ayudante del Pagador, Topógrafo del Sector Riohacha-Dibulla creados por Decreto número 890 de 1948.
Artículo segundo. Los Habilitados-Almacenistas-Contadores de las Comisiones suprimidas, tendrán un plazo improrrogable de 15 dias, contados a partir de la fecha, para hacer entrega de todos los elementos que han estarlo a su cargo, a la Zona de Carreteras Nacionales más cercana.
Artículo tercero. Al suprimirse los cargos mencionados, de hecho quedan suprimidos los nombramientos del personal que los ocupa.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de enero de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Jorge LEYVA
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