por el cual se adiciona el artÃculo 53 del Decreto 2474 de 2008
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 1150 de 2007 y de la Ley 80 de 1993,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónese el artículo 53 del Decreto 2474 de 2008 con el siguiente numeral:
-
- La prestación de servicios por parte de personas naturales que se requieran para atender labores predominantemente materiales o de apoyo a la gestión del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 2°. Adiciónese el parágrafo 1° del artículo 53 del Decreto 2474 de 2008, con un tercer inciso:
“Los servicios a que se refiere el numeral 19 del presente artículo, se contratarán de conformidad con el procedimiento señalado en el manual de contratación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República”.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de enero de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Transporte,
Andrés Uriel Gallego Henao.
La Directora del Departamento Nacional de Planeación,
Carolina Rentería Rodríguez.
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